El Memorando Circular N° 192-GG-ESSALUD-2021, emitido por la Gerencia General vigente a la fecha, permite programar horas extras a los trabajadores que tengan pendiente horas de compensación por licencia COVID 19.
El requisito es, que el número de horas extras no puede ser mayor al número de horas de compensación.
Sobre esta consideración el Memorando N° 98-GCOP-ESSALUD-2022, emitida por la Gerencia Central de Operaciones quedó sin efecto, por opornerse a una norma interna de mayor jerarquía, en ese sentido las redes asistenciales a través de las jefaturas, deberán dar estricto cumplimiento al memorando de gerencia general indicada en el primer párrafo y permitir la programación de horas extras.